lunes, 9 de julio de 2007

La Administración Concursal (AC): No conoce la legislación contable de cooperativas

La AC (para abreviar) acusa de grabe irreguralidad el que fedeoliva no llevara contabilidad sepada por secciones. En el informe indicado que puesto de manifiesto, el deconocimiento sobre contabilidad, y en concreto sobre la legislación contable de Cooperativas. Mas adelante (o atras) se ve como este desconocimiento es tremendo, no ya de la legilislación indicada sino de lo que es una cooperativa. Los argumentos aportados al juicio son los siguientes:

"Contabilidad Separada por Secciones

Efectivamente la Ley de Cooperativas Andaluzas (al igual que la ley estatal) establece en su artículo 6 punto 5 que “las secciones llevarán necesariamente contabilidad independiente”. Nada establece la ley sobre en que consiste la contabilidad independiente. Las únicas pista para la interpretar este precepto es que la Contabilidad será llevada conforme al código de comercio, y por lo tanto conforme al Real Decreto que desarrolla el los artículos del cc conocido como El Plan General de Contabilidad. Aun acudiendo a estos textos la interpretación del significado de la expresión de “contabilidad independiente” admitiría múltiples métodos que cumplirían con dicho precepto. Es una lastima que la AC en ningunos de sus escritos que hacen referencia a este precepto, nos indicara a su juicio como se debe interpretar. Eso sí afirma con rotundidad que Fedeoliva incumple este preceto.

También es una lastima que no conozcan la Orden Ministerial 3614/2003 de 16 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las Sociedades Cooperativas (BOE 27 de diciembre de 2003), conocidas entre los profesionales como la adaptación del Plan General de Contabilidad a las Cooperativas, desarrollado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). En nuestra opinión es un desconocimiento grave en cuanto que entre los miembros de la AC, se encuentran un auditor de cuentas y un economista/titulado mercantil con más de 5 años de experiencia. Más grave si consideramos que el ICAC publicó en su Boletín oficial numero 49 de mayor de 2002 el borrador de la norma para cumplir el procedimiento de publicidad previsto en las normas contables.

En esta orden ministerial se concreta el precepto de contabilidad independiente afirmando que en la memoria se acompañara un Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias de las distintas secciones. Por lo tanto afirmamos que se cumple el precepto de contabilidad separada siempre que exista un procedimiento en los registros contables que permita obtener el Balance y la Cuenta de Pérdida y Ganancias por Secciones. Afirmamos por lo tanto que Fedeoliva si cumple el precepto ya que, tal como reconoce la AC en su informe del 1 de marzo de 2006 dirigido al Juzgado de Primera Instancia n4 y de lo Mercantil del Jaén, es posible distinguir los registro contables pertenecientes a cada sección y, por lo tanto elaborar los documentos indicados, por la numeración de las cuentas contables utilizadas, en donde el dígito de posición 5 indica la sección a la que pertenece la cuenta." (texto tomado de un informe pericial presentado en el juicio)

domingo, 8 de julio de 2007

La administración concursal de Fedeoliva

Hoy empezaremos con una serie de artículos en donde se aprecia la insolvencia de los Administradores judiciales en la labor realizada, y como los errores que ha volcado en su informe con ("graves acusaciones") pierden su valor por el desconocimientos contable y financiero de una cooperativa, quizás si se hubieran dejado asesorar por un catedrático de la universidad de Jaén especializado en cooperativas, no hubieran hecho tal ridículo.

Haremos pocas menciones a su informe ya que debe ser coincididos por todos, siendo tan secreto como otros informes presentados rebatiendo lo dicho por los administradores. Es una lástima que haya llegado a la prensa el primero y no el segundo. Es una grave ultranza que la prensa haya difundido el primero, y conociéndolo haya ocultado el segundo.

Nuestra guia sera uno de los informes de los peritos aportados al juicio. Espero que lo disfruten